El DNU 941/2025 reconfigura el sistema de inteligencia argentino y refuerza el rol de la SIDE en el entorno digital. Bajo el argumento de modernizar y coordinar capacidades frente a amenazas contemporáneas, la reforma amplía el secreto, centraliza el flujo de información estatal y desplaza la ciberseguridad hacia una lógica de inteligencia y contrainteligencia, con impactos directos sobre la privacidad, la libertad de expresión y los controles democráticos.
El Gobierno nacional avanzó a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 941/2025 en una reforma profunda del sistema de inteligencia que reconfigura el rol de la Secretaría de Inteligencia de Estado y amplía de manera significativa sus atribuciones. La medida, firmada por el presidente Javier Milei y su gabinete, modifica la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520, crea nuevos organismos, redefine funciones existentes y habilita facultades que reavivan alertas históricas sobre el control civil, el secreto y la vigilancia estatal.
Mientras el Ejecutivo presenta el decreto como una modernización del sistema, orientada a enfrentar amenazas contemporáneas y mejorar la coordinación interagencial, organizaciones de derechos humanos advierten que se trata de una reforma estructural que debilita controles democráticos y consolida un esquema de inteligencia centralizada, opaca y con fuerte injerencia en el entorno digital.
Ciberseguridad y ciberinteligencia bajo la órbita del espionaje
Uno de los cambios más relevantes del DNU es la redefinición del abordaje estatal sobre el espacio digital. La Agencia Federal de Ciberseguridad es reemplazada por la Agencia Federal de Ciberinteligencia, que pasa a integrarse plenamente al sistema de inteligencia conducido por la SIDE. Este desplazamiento conceptual no es menor: la protección del ciberespacio deja de pensarse prioritariamente como una política de seguridad de infraestructuras críticas y pasa a inscribirse en una lógica de inteligencia y contrainteligencia.
En paralelo, se crea el Centro Nacional de Ciberseguridad, un organismo descentralizado bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete, encargado de planificar y coordinar políticas para la protección del ciberespacio de interés nacional y de los activos digitales estratégicos del Estado. Sin embargo, el decreto establece mecanismos de articulación directa con la SIDE, que conserva la conducción estratégica del sistema de inteligencia y la capacidad de definir prioridades, flujos de información y procedimientos.
Desde la perspectiva de organizaciones como el Centro de Estudios Legales y Sociales, esta arquitectura institucional habilita una superposición peligrosa entre ciberseguridad, inteligencia y vigilancia, sin garantías claras de control, transparencia ni límites al tratamiento de datos personales.
Más secreto, menos controles en el entorno digital
El DNU incorpora un nuevo artículo a la Ley de Inteligencia que establece que todas las actividades del sistema revisten carácter encubierto, en nombre de la protección del “Riesgo Estratégico Nacional”. Este principio de secreto generalizado tiene un impacto directo en el ámbito digital, donde las capacidades de recolección, análisis y cruce de información son crecientes y altamente intrusivas.
El decreto obliga a organismos civiles —como registros de identidad, autoridades migratorias, aduanas y otras dependencias con grandes bases de datos— a suministrar información a la SIDE, sin precisar criterios de necesidad, proporcionalidad, almacenamiento ni plazos de conservación. En la práctica, se habilita un esquema de circulación masiva de datos personales hacia el sistema de inteligencia, sin control judicial previo ni mecanismos efectivos de rendición de cuentas.
La creación de la denominada Comunidad Informativa Nacional, coordinada por la SIDE, consolida este flujo de información desde áreas civiles hacia el aparato de inteligencia. En el contexto actual, donde gran parte de los datos relevantes son digitales, biométricos o derivados de interacciones en línea, el riesgo de vigilancia masiva y profiling político o social se vuelve especialmente alto.
Contrainteligencia ampliada y lógica del enemigo interno
Otro aspecto central del decreto es la expansión del concepto de contrainteligencia, que pasa a abarcar no solo amenazas externas sino también interferencias internas, influencias, sabotajes o acciones que afecten el proceso decisorio del Estado. Esta definición amplia y ambigua, aplicada al entorno digital, habilita la vigilancia de comunicaciones, redes, actores sociales y flujos de información bajo categorías difusas.
El CELS advierte que esta reformulación reactiva la lógica del enemigo interno y flexibiliza prohibiciones históricas que impedían a los organismos de inteligencia intervenir en la vida política, social y comunicacional del país. En un escenario donde la disputa política y social se expresa crecientemente en plataformas digitales, redes sociales y medios en línea, el riesgo de inteligencia política y monitoreo de la disidencia adquiere una dimensión tecnológica inédita.
Centralización del poder y cooperación internacional opaca
El decreto refuerza además la centralización política, operativa y presupuestaria en la SIDE, que pasa a dirigir tanto la Comunidad de Inteligencia Nacional como la Comunidad Informativa Nacional, aprobar presupuestos, gastos reservados y reprogramaciones, y coordinar con organismos nacionales, provinciales y extranjeros.
En materia digital, esta concentración se combina con la posibilidad de compartir información obtenida —incluidos datos personales— con agencias de inteligencia de otros países, sin autorización judicial ni conocimiento público. El marco legal refuerza así un sistema de cooperación internacional bajo secreto absoluto, incompatible con estándares democráticos de protección de derechos en el entorno digital.
Una reforma sin urgencia y sin debate democrático
La reforma fue adoptada por decreto, con el Congreso en receso y sin un contexto de urgencia verificable que justifique el uso de esta herramienta excepcional. Para el CELS, el DNU es inconstitucional y profundiza una tendencia preocupante: la redefinición del sistema de inteligencia, de la seguridad y de la vigilancia digital sin debate parlamentario, sin participación ciudadana y sin controles efectivos.
Desde una perspectiva de derechos digitales, el decreto no solo redefine organismos y competencias. Redibuja el vínculo entre Estado, tecnología y ciudadanía, ampliando las capacidades de vigilancia y concentración de información en nombre de la seguridad, sin establecer salvaguardas claras para la privacidad, la libertad de expresión y la participación política en el entorno digital.
La reforma también comenzó a ser cuestionada en sede judicial. A comienzos de enero, los diputados Mónica Frade, Maximiliano Ferraro y Esteban Paulón presentaron un amparo contra el DNU 941/2025 y pidieron suspender su aplicación, al advertir que el decreto es inconstitucional y convierte a la Secretaría de Inteligencia de Estado en una potencial herramienta de persecución. La presentación cuestiona la ampliación del secreto, la habilitación de facultades de detención por parte del personal de inteligencia y la fusión entre inteligencia estratégica, seguridad interior y contrainteligencia, señalando los riesgos que este esquema plantea para la privacidad, la libertad de expresión y la participación política, especialmente en el entorno digital.
En línea con debates ya planteados hace años sobre la relación entre inteligencia y democracia, el DNU 941/2025 vuelve a poner en evidencia un problema de fondo: la expansión sostenida de las capacidades de inteligencia sin un fortalecimiento equivalente de los mecanismos de control, transparencia y rendición de cuentas. Lejos de tratarse solo de una reorganización administrativa, la reforma consolida un modelo en el que el secreto se vuelve regla, la excepción se normaliza y la vigilancia se justifica de manera preventiva y difusa. En el entorno digital —donde la acumulación, el cruce y la reutilización de datos personales multiplican el poder del Estado para observar y clasificar a la ciudadanía— este desequilibrio resulta especialmente crítico. Sin controles democráticos robustos, sin límites claros y sin debate parlamentario, el sistema de inteligencia deja de ser una herramienta excepcional para la protección del orden constitucional y pasa a convertirse en un factor de riesgo estructural para los derechos, las libertades y la vida democrática.

0 comentarios