Movilización de trabajadores de Glovo, Rappi y Pedidos Ya. Trabajo de plataformas

¿Cómo trabaja tu Rappi amigx? 🚲

Por: Carolina Martínez Elebi

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News #11 | Julio 2021

Hacía tiempo tenía en mente plantear este tema por el interés que tiene para cualquier persona que ya trabaja y para cualquiera que vaya a trabajar en el futuro (es decir, para todas las personas), pero recién hace unos días decidí no postergarlo más y pensé en dedicarle el mes de julio al trabajo de plataformas y las relaciones laborales algorítmicas.

En Argentina, julio es el mes en que las personas que tienen un trabajo en relación de dependencia cobran la primera mitad del aguinaldo. Si sos una de estas personas, ¡me alegro mucho por vos! Pero esto me hizo pensar en todas aquellas otras personas que no lo son. Cuentapropistas, monotributistas, trabajadores/as autónomos/as y, claro, trabajadores/as de plataformas, entre tantas otras variantes.

El correo de este mes busca desarmar qué hay detrás del fenómeno de los trabajos de plataformas. ¿Cómo funcionan? ¿Cuáles son sus particularidades? ¿A quién o quiénes beneficia? ¿Cómo es trabajar de esta manera? Las personas que se registran para trabajar a través de plataformas como Uber, Rappi o PedidosYa, ¿son emprendedores y emprendedoras o empleadxs? ¿Y las que venden a través de Mercado Libre? ¿Qué pasa con los derechos laborales conquistados a lo largo de las décadas? Vamos por partes.


¿Cómo funcionan?

Ante todo hay que tener en cuenta que estas aplicaciones, aunque parezca una obviedad, son programadas por empresas conformadas por personas que para diseñarlas toman decisiones sobre cuáles son los valores y criterios que van a priorizar y promover a través de su uso. Estas son decisiones ideológicas representadas a través de decisiones técnicas.

Un ejemplo de esto podría ser si los y las trabajadoras pueden rechazar pedidos o no. ¿Qué pasa si no aceptan los encargos que les asigna la aplicación? ¿Reciben sanciones? (La respuesta a esta pregunta es SÍ). Otro ejemplo es si pueden o no tomarse días para estudiar, por enfermedad o para cuidar a un familiar que lo necesite. ¿Pueden hacerlo sin verse afectado sus datos sobre su desempeño? ¿Pueden presentar un certificado por enfermedad en la app? ¿Existen estas opciones en el menú para las personas que ofrecen sus servicios a través de la plataforma? Otro dato no menor a tener en cuenta es que muchas de estas empresas son multinacionales que imponen sus propias lógicas, valores y criterios sin importar en qué ciudad o país se use esa app y sin tener en cuenta sus leyes. Este es el caso que comento en el recuadro sobre las plataformas de delivery en la Provincia de Buenos Aires.

Algunos ejemplos de lo que pasa dentro de las plataformas para entender cómo operan:

  • Fiverr (un mercado en línea israelí que proporciona una plataforma para que trabajadorxs autónomxs ofrezcan servicios a clientes de todo el mundo), como cuenta Scasserra en su libro «Cuando el jefe se tomó el buque», permite que unx trabajadorx cobre 5 dólares norteamericanos por sus servicios pero sólo 3 serán para esa persona, ya que el resto se reparte entre PayPal (plataforma utilizada para las finanzas) y Fiverr.
  • Lxs trabajadorxs de Mercado Libre deben mantener el anonimato antes de concretar una venta para no saltarse a la plataforma. No pueden dar su nombre, domicilio ni datos de contacto. Todo debe pasar por la app. Como explica Scasserra, «este candado que imponen a la relación comercial es una muestra más de la relación de dependencia encubierta».
  • Sistema de puntuaciones entre las personas: una persona ofrece su servicio a través de la plataforma y la plataforma le ofrece posibilidades de empleo de acuerdo a la demanda. Cuando termina el servicio cliente y trabajadorx se asignan puntaje mutuamente (aparecen escenas de BlackMirror en mi mente, pero no, esto es real). El sistema de puntuación es el que va «‘filtrando’ malos clientes y trabajadores de baja performance».
  • Sistema de puntuación algorítmico (de manera automática): El sistema otorga puntaje al trabajador de acuerdo a una serie de factores que tiene en cuenta, como cuánto tiempo demora en responder consultas, en entregar el producto, cuánto tiempo trabaja por día, si rechaza o no los empleos ofrecidos, entre otros. Si el/la trabajador/a tiene muy bajo rendimiento, puede recibir sanciones, suspensiones en la aplicación o ser «echadx» (que su cuenta sea dada de baja). Esto no sucede solo en los trabajos de plataformas per se, sino en trabajos en los que el rendimiento de la persona trabajadora esté siendo monitoreado por un sistema que analice datos y pueda tomar decisiones automatizadas.

🔴 ¿Cuál es el problema que se desprende de todo esto?
Que los algoritmos empiecen a regular y controlar la fuerza de trabajo.

🟢 ¿Por qué esto es un problema?
Porque la deshumanización que presenta este modelo de relaciones laborales deja afuera una enorme cantidad de consideraciones que hacen a la vida de las personas, como la necesidad de atender situaciones personales o familiares, y eventualidades como no poder trabajar por estar enfermo/a o haber tenido un accidente. Para los algoritmos no hay excusa que valga y prefieren dar de baja unx trabajadorx y dar de alta al que le sigue en lugar de hacerse cargo de los costos de mantener una persona trabajadora que, además, tenga una vida personal (esto se ve en claramente en el caso de Amazon que comparto en el bonus track).

¿Cómo se da la relación de dependencia encubierta en algunas de estas plataformas? Este párrafo de Scasserra es muy elocuente:

«Estar disponibles, que te gestionen el pago, que impongan las ofertas y descuentos, que exijan tiempos, que no entreguen información personal aun cuando comprador y vendedor quieren contactarse, es la muestra más cabal de que una plataforma no es una mera vidriera y que vos sos emprendedor de vos mismo, sino que sos un empleado común y corriente que sigue las normas de un patrón o jefe, que hoy se contacta con vos, a través de un algoritmo.»


¿La Inteligencia Artificial nos va a reemplazar?

La pregunta parece un chiste pero no lo es. Forma parte del gran interrogante que tienen muchxs trabajadorxs y no voy a ser la primera ni la última persona en aclarar algunas cosas sobre esto:

  • La Inteligencia Artificial (IA) como una gran inteligencia integrada en robots androides que va a reemplazar a la Humanidad no existe como tal.
  • Cuando se habla de IA en la actualidad se refiere a procesos de aprendizaje de máquina (o automático) y aprendizaje profundo (machine learning y deep learning, respectivamente) que son procesos que permiten que un sistema aprenda algo a partir de una enorme cantidad de datos y, a través de su/s algoritmo/s pueda automatizar tareas y tomar decisiones basadas en ese aprendizaje.
  • Lo que la IA puede reemplazar son tareas que pueden ser automatizadas, por lo que cualquier disciplina tendrá determinadas áreas y tareas que podrían ser cubiertas por programas basados en tecnología de machine learning y deep learning. Algunos ejemplos: análisis de imágenes médicas para detectar patologías; análisis de CV para encontrar candidatos/as para un puesto de trabajo o una beca; evaluación de desempeño de trabajadorxs; entre otras.

Al fin y al cabo, ya sea unx trabajadorx de plataformas o una persona que teletrabaja, ¿cuál es el resultado en el día a día de esa persona? Que no haya ni límites ni equilibrio entre la vida privada y la vida laboral y que el trabajo se extienda durante todo el día (a esto, Sofía Scasserra lo llama «trabajo full-life»). Que no haya espacios ni tiempos delimitados. Que la jornada empiece y termine en un horario fijo y que eso permita que haya espacio para el ocio y para ocuparse sin interrupciones de la vida personal y familiar se está convirtiendo en un lujo. No dejemos que esto se naturalice. Que trabajar sea un medio para vivir, no que la vida sea exclusivamente para para trabajar.

🎬 Nuevas relaciones y derechos laborales. Plataformas y teletrabajo

En julio de 2020 tuve la oportunidad de coordinar una charla con Sofía Scasserra, economista que se especializa en el mundo del trabajo y en los nuevos trabajos atravesados por los algoritmos, y con Juan Manuel Ottaviano, abogado laboralista, investigador y asesor de lxs trabajadorxs de App Sindical, la Asociación de Personal de Plataformas, fundada en 2018 por María Fierro.

El motivo era conversar sobre estas nuevas relaciones laborales, mediadas por aplicaciones (apps), que ya están tan naturalizadas en algunas ciudades que ni siquiera se cuestiona de qué forma operan sobre los derechos de las personas trabajadoras. Uber, Rappi, PedidosYa aparecen en forma de apps en los dispositivos móviles, donde ofrecen mejores experiencias de usuario/a (lo que se conoce como UX por sus siglas en inglés, referidas a User eXperience) y atraen consumidorxs con descuentos y promociones de todo tipo. ¿Pero qué pasa del lado de las personas que recurren a estos nuevos modos de acceder a un ingreso económico?

Ante todo, Sofía cuestiona el fetichismo de llamar a esta situación una «nueva Revolución Industrial» o «Industria 4.0» e invita a comprender cuál es el cambio sistémico en el mundo del trabajo para entender los cambios puntuales que se van a dar en las relaciones del trabajo y de qué manera esto influye sobre las personas trabajadoras.

En este sentido, explica que hasta el momento no había un cambio de paradigma en cuanto a la última Revolución Industrial, que es la de la computación y las telecomunicaciones, con respecto a las formas que tenemos de producir (sí, dice, hay cambios menores, de aceleración en cuanto a estas formas). Lo que hay son cambios profundos en las maneras que tenemos de comercializar productos y servicios. Ahí es donde aparecen las plataformas y, por supuesto, los datos. La materia prima de este siglo.

Sofía menciona el caso Amazon, como la gran plataforma que comenzó comercializando libros (¿te acordás cuando sólo era una gran librería en internet?) y que con los años fue expandiendo a diversos rubros y hoy vende todo tipo de productos, además de ser proveedor de servicios de almacenamiento de datos y servicios de cloud computing (computación en «la nube») a través de Amazon Web Services. La particularidad de Amazon y que le permitió diferenciarse del resto fue, principalmente, «su algoritmo de búsqueda, que era muy preciso, para ofrecerte aquellos bienes que vos querías comprar», explica Sofía.

Sin embargo, a raíz del capitalismo de vigilancia, como lo llama Shoshana Zuboff (y al que me referí en el primer correo de DHyTecno, en agosto de 2020), comienza a haber nuevas formas de producción porque se está empezando a hacer vigilancia sobre la oferta, es decir sobre quienes producen bienes y servicios. ¿Y quiénes producen? Las empresas PyMEs, dice Scasserra, y las personas trabajadoras. ¿Para qué se hace esta vigilancia? Uno de los motivos, explica, es que «esto permite desarrollar inteligencia artificial para reemplazarnos o para organizarnos de manera más eficiente a través de algoritmos».

¿En qué consiste el trabajo de plataformas?

Sofía Scasserra, quien en 2019 publicó el libro Cuando el jefe se tomó el buque. El algoritmo toma el control, explica de esta manera cómo operan este tipo de plataformas:

«Las plataformas son un paradigma de ordenamiento del trabajo a través de una función algorítmica. Es un algoritmo que te juzga y que te dice qué cantidad de trabajo vas a tener, qué precio va a tener tu trabajo, cómo va a ser. Entonces, el algoritmo ordena la fuerza la fuerza de trabajo, la acomoda y dictamina, de alguna manera cómo va a ser tu lugar de trabajo, de alguna manera siendo el nuevo capataz».

Además de las relaciones laborales que se dan a través de estas plataformas en particular, Sofía hace un llamado de atención para pensar en qué pasará cuando el trabajo de cualquier trabajador/a sea juzgado por un algoritmo. Y plantea una serie de preguntas, entre las que destaco estas dos:

👉 ¿El algoritmo me va a contratar?
👉 ¿El algoritmo me va a echar del trabajo? (sobre esto, hay algo en el bonus track).

Para evitar que la regulación algorítmica de las relaciones laborales se profundice, Sofía Scasserra plantea como necesaria la creación de un marco regulatorio inteligente. Por su parte, para abordar el tipo de regulación que hace falta, Juan Manuel Ottaviano hace un repaso histórico de los cambios en las relaciones laborales en Argentina y en el mundo en los últimos 30 años, pero que ya habían comenzado a diseñarse desde comienzos de la década del 70, cuando «comenzó un proceso político, económico, productivo destinado a desarticular los sistemas de protección social que existían hasta la fecha y que, en gran medida, hasta hoy perviven muy a pesar de ese proceso que también implica la desarticulación de los sistemas de relaciones laborales«. Este sistema estaba basado en «el principio de universalidad (protecciones universales) y de solidaridad, en donde cada una de las partes (capital y trabajo) ponían su parte para garantizar la cobertura de contingencias asociadas al trabajo«, explica Juan. ¿A qué se refiere? A la vejez, la niñez, los accidentes, las enfermedades, las licencias, el tiempo libre, la educación, la vivienda, etc.

¿Cómo se vio atacado el sistema de relaciones laborales en esa etapa? A través de una serie de mecanismos como la descentralización productiva, la tercerización laboral, la subcontratación, la deslocalización productiva. Este sistema de relaciones laborales estaba basado en dos ideas básicas: el establecimiento y la jornada limitada y continua de trabajo.

En la charla, Ottaviano aclara que esta lógica productiva continúa en muchos sectores vinculados a la industria, pero no sólo a estos, pero de a poco en las últimas décadas comenzó a romperse la idea del establecimiento único común de trabajo y también fue desestructurándose esa idea de jornada.

¿Por qué es importante conocer el contexto en el que nos encuentra este importante cambio tecnológico? «Porque no es casualidad que en las relaciones laborales que emergen dentro de la economía de plataformas, el despliegue teórico de la economía de plataformas (llamada ‘economía colaborativa’), aplicado a las relaciones laborales, establezca la categoría ocupacional, el tipo de trabajo, el tipo de contrato en el que van a estar los trabajadores y las trabajadoras de plataformas, como un contrato autónomo, es decir un contrato por cuenta propia», dice Ottaviano. Esto quiere decir que todos los gastos y todas las contingencias asociadas al trabajo tienen que ser cubiertas exclusivamente por lxs trabajadorxs.

Ottaviano asegura que «este modelo precarizante del trabajo tiene consecuencias sobre el trabajo pero también tiene consecuencias sobre los sistemas de protección social porque los sistemas de protección social son cada vez menos sustentables en la medida en que más personas que deberían ser parte de ese sistema de relaciones laborales son excluidas del sistema».

Finalmente, el laboralista destacó que la tendencia que había hacia la desestructuración de la jornada, se concretó a raíz de la pandemia que, a través del teletrabajo rompió definitivamente el principio fundante de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que es el del límite horario de la jornada. En cuanto al trabajo de plataformas, la ruptura de la jornada se dio a partir de la discontinuidad de la misma.

Antes de cerrar, Ottaviano deja un planteo optimista: que estos debates y estas nuevas relaciones laborales sean tomados como una oportunidad para pelear por nuevos derechos como el derecho a la desconexión y el derecho a interrumpir la jornada de trabajo. Es decir, invertir el sentido de la flexibilización horaria por el derecho de las personas trabajadoras a elegir, interrumpir, distribuir y organizar su propia jornada. Que, efectivamente, la persona trabajadora tenga mayor autonomía pero no para descartar los derechos laborales que hay que hacer cumplir sino para incorporar una nueva agenda de derechos.

Rappi y Pedidos Ya: Una multa por «irregularidades en la contratación de su personal»

A fines de junio se conoció la noticia de que el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires (PBA) multó por 40 millones de pesos argentinos (el equivalente a aproximadamente 420 mil dólares al valor de hoy) a las empresas Rappi, Pedidos Ya y Glovo (cuyas operaciones fueron absorbidas por Pedidos Ya en septiembre de 2020). La sanción económica fue por explotación laboral y abarcan al menos tres violaciones: incumplimientos a las normas laborales, de salud y seguridad en el trabajo.

Luego de un relevamiento de datos extraídos de 172 trabajadores a partir de inspecciones realizadas en la ciudad de La Plata y en los municipios de San Isidro, Vicente López, Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Quilmes y La Matanza, el subsecretario de Inspección del Trabajo de la PBA, Emiliano Ré, afirmó que «la actividad que realizan miles de personas en la Provincia aplica a implementar la Ley de Contrato de Trabajo».

El subsecretario explicó que “las empresas dicen que los trabajadores brindan un servicio nada más y que solo se conectan cuando quieren, bueno esto no es así y en ese escenario deben adecuarse a nuestras normas laborales”.

De lxs 172 trabajadorxs consultadxs la provincia detectó que más del 50% trabaja entre nueve y doce horas por día y el 70% los siete días de la semana.

👉 ¿Qué se registró en el relevamiento?

– Falta de los contratos de trabajo.
– Falta de cobertura en materia de salud laboral.
– El no pago de aguinaldo.
– Falta de ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo).
– Falta de licencia por vacaciones.

Con respecto a esto, el abogado laboralista Juan Manuel Ottaviano destaca que las empresas utilizan eufemismos como «socios» para no denominarlos como lo que son: trabajadores y trabajadoras de las empresas. No autónomos ni autónomas, sino empleadxs. Según aseguró Ottaviano en una entrevista para el programa «Pasadas por alto» de FM La Tribu, «el crecimiento de este modelo de negocios, que desconocen las relaciones de trabajo asalariadas, generan que los sistema de seguridad social, los sistemas de protección de derechos, se descascaren».

En 2020, el Ministerio de Trabajo de la Nación envió un proyecto de ley para reconocer el carácter asalariado de los/as trabajadores/as de plataformas y sus derechos específicos. Había incorporado un apartado que los incluía en el régimen general de la seguridad social y una habilitación a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) «para llevar adelante un control en tiempo real de la distribución de tareas por parte de las aplicaciones», explica Tiempo Argentino.

Por último, es necesario destacar que el 12 de mayo de 2021 -hace menos de dos meses-, España se convirtió en el primer país en reconocer por ley la laboralidad del trabajo de los/as repartidores/as de plataformas y, además, obliga a las empresas a informar a los sindicatos sobre las instrucciones en las que se basan sus algoritmos de gestión del trabajo (derecho a la información algorítmica).

Habrá que esperar a que avance el debate en el Congreso argentino (y me pregunto qué estará pasando en otros países latinoamericanos con este tema).

🔥 Bonus track

1. «Algoritmos sin conciencia: un robot podría ser el próximo que te despida de un trabajo», por iProUP

Según esta noticia, Stephen Normandin, un señor de 63 años que trabajaba entregando paquetes como conductor contratado por Amazon, un día recibió un correo electrónico automático en el que lo despedían debido a que los algoritmos que lo rastreaban habían decidido que no estaba haciendo su trabajo correctamente. El conductor, por su parte, niega que esto sea cierto y asegura que siempre cumplió con las entregas. De acuerdo con Bloomberg, que entrevistó a 15 conductores, el caso de Normadin no es el único, ya que cuatro de los entrevistados dicen que fueron despedidos injustamente. El mismo medio entrevistó también a ex gerentes de Amazon que aseguraron que «el sistema, en gran parte automatizado, no está lo suficientemente sintonizado con los desafíos del mundo real que enfrentan los conductores todos los días. Amazon sabía que delegar el trabajo a las máquinas conduciría a errores y comentarios dañinos pero decidieron que era más barato confiar en los algoritmos que pagarle a la gente para que investigara los despidos erróneos, siempre que los controladores pudieran reemplazarse fácilmente».

2. Piden el embargo de los derechos de Borges por un juicio de María Kodama y la intiman a pagar 888 mil pesos. La viuda de Borges, titular de los derechos de autor del escritor, había querellado a Pablo Katchadjian quien había escrito y publicado el libro «El aleph engordado», un experimento literario basado en el famoso cuento El Aleph, al que le agregó 5600 palabras (el libro tuvo publicados solo 200 ejemplares y actualmente no se consigue). Katchadjian ya había sido absuelto por falta de mérito, ya que no había plagio de la obra, y ahora la decisión del Juzgado Civil N° 1 es que María Kodama pague por ese juicio el total de 688.000 más 200.000 de gastos de ejecución. El abogado del autor de El aleph engordado declaró que “a partir de ahora no va a ser gratis enjuiciar a los escritores, cuando se proponen un juego literario, como en este caso”. Sin embargo, el abogado de Kodama ya anunció que analizan iniciar un juicio por daños y perjuicios.

Qué importante seguir defendiendo una cultura libre, ¿no?

3. Se establecieron los Requisitos mínimos de Seguridad de la Información para el Sector Público Nacional. Ya hablé en el correo #02 de DHyTecno (enviado en septiembre de 2020) de lo fundamental que es garantizar la seguridad de la información en todos los ámbitos, pero sobre todo en el Estado. Desde la Dirección Nacional de Ciberseguridad que depende de la Secretaría de Innovación Pública de la Nación se estuvo trabajando para que esto comience a ser posible y finalmente el 28 de junio salió publicada en el Boletín Oficial la Decisión Administrativa sobre obligación para todos los organismos públicos de presentar sus políticas de seguridad de la información que cumplan con una serie de requisitos mínimos esenciales para el funcionamiento del Estado.

📚 Para leer

Cuando el jefe se tomó el buque. El algoritmo toma el control, por Sofía Scasserra (Fundación Foro del Sur, 2019). Disponible para leer y compartir online acá.
Organización sindical de trabajadores de plataformas digitales y criterios para el diseño de políticas públicas, por Juan Manuel Ottaviano, Juan O’Farrell y Matías Maito (FES, 2019). Disponible online acá.

Espero te haya resultado interesante este tema. Cualquier información, comentario o sugerencia que tengas, escribime. A mí también me gustaría recibir un mail tuyo 🙂

¡Que tengas un lindo julio!
Gracias por estar ahí.

Carolina

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